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Éste sábado es feriado nacional: Día del respeto a la Diversidad Cultural

La Secretaría de Trabajo informa que el empleador que decida que se trabaje ese día, es optativo para el trabajador; y si este presta servicios se debe abonar sus haberes conforme a los establecido por el Artículo Nº 166 de la Ley Nº 20. 744

Jueves 10 de Octubre de 2019

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20:27 | Jueves 10 de Octubre de 2019 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Secretaría de Trabajo informa que en virtud de lo establecido por la Ley Nacional N° 27.399, el próximo sábado 12 de octubre será feriado nacional, por conmemorarse el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. En este sentido, en caso de que el empleador decida que se trabaje ese día, es optativo para el trabajador; y si este presta servicios se debe abonar sus haberes conforme a los establecido por el Artículo Nº 166  de la Ley Nº  20. 744, de Contrato de Trabajo. 

El mencionado artículo indica que los trabajadores que presten servicios los días feriados nacionales cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Por otra parte, cabe aclarar que en esta oportunidad  no se traslada el feriado al día lunes 14, sino que este último quedó establecido como Día no laborable con fines turísticos mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. En este caso, según está contemplado en el Artículo Nº 167 de la Ley 20.774,  el empleador puede optar por trabajar o no, y la paga al trabajador corresponde a la de un día normal de trabajo.

“En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador”, así lo indica el texto del Artículo Nº 167.

Teniendo en cuenta que el Poder Ejecutivo puede fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos, que deberán coincidir con los días viernes o lunes, según lo establece el artículo 7 de la Ley Nacional N° 27.399, se definió que el lunes,  14 de octubre,  se configure como Día No Laborable, por lo tanto no equivale a un feriado nacional.

Según mencionada Ley, el 12 de Octubre está establecido como Feriado Trasladable, en caso de caer día martes, miércoles o jueves,  pero como cae un día sábado, no se traslada.

 

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