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El Juez Héctor Daniel Barría, resolvió procesar y ordenar la prisión preventiva a Ana L. T. por la supuesta autoría del delito de usurpación de autoridad.
Jueves 02 de Mayo de 2024
16:59 | Jueves 02 de Mayo de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Capital, a cargo del Juez Dr. Héctor Daniel Barría, resolvió procesar y ordenar la prisión preventiva a Ana L. T. por la supuesta autoría del delito de usurpación de autoridad.
El juzgado dio trámite a una denuncia por el delito de usurpación de cargo, en la cual tomó intervención el fiscal de turno, ante la denuncia de una integrante de la institución en cuestión que, había sido removida de su cargo en una atribución ajena y fuera de competencia.
En el relato del expediente, surge que la denunciante en el marco de una reunión ordinaria por el Consejo Directivo de la entidad nacional en cuestión, sin respetar las disposiciones del estatuto y por problemas de conexión de internet para entrar a una reunión vía zoom, es removida de su cargo de máxima autoridad.
El artículo 9 del Reglamento de dicha entidad, establece que, en caso de ausencia, renuncia, remoción, licencia, incapacidad, separación, destitución o muerte del presidente/a, será reemplazado por el vicepresidente. El dia 28 de abril de 2023, el Consejo Directivo dispuso crear una comisión de investigación, y a través de una Escritura Pública se intimó a la denunciada cesar su conducta de usurpación de cargo.
El juzgado pudo acreditar con el grado necesario, para esta etapa de la instrucción, el hecho descripto y determinó que la imputada tiene intervención en el hecho investigado, tipificado como Usurpación De Autoridad Por Incompetencia Del Ejercicio Funcional, en base a lo que establece el artículo 246 inciso 3 del Código Penal Argentino: “Será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo, inciso: El funcionario público que ejerciere funciones correspondientes a otro cargo.”.
Por lo cual, el Magistrado advierte que la desconexión en la reunión que hace mención la parte denunciante, no implica necesariamente una ausencia y esto fue aprovechado por la imputada, invadiendo el cargo en su lugar, cuyo deberes y atribuciones están establecidos en el reglamento del Consejo Directivo de dicha institución.
Finalmente, en base a las pruebas incorporadas en el proceso penal, corresponde dictar el procesamiento y prisión preventiva a la acusada de usurpación de cargo, la misma permanecerá en libertad, ordenando embargo de sus bienes por la suma de $1.000.000.
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1 COMENTARIOS
Me pregunto
| Sábado 04 de Mayo de 2024
Por qué el juez no ordenó prisión preventiva para les chiques de ATUR, Quiroga y de T oro? Les dos primeres son les autores intelectuales y le ultime le ejecutores? Cuánta se choriaron para elles?
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