Nacionales

Ley Bases: comienzan a tratarla en el Senado y ya hay polémica por dos errores

A días de la aprobación en particular de la Ley Bases, desde la Cámara de Diputados reconocieron errores en dos artículos diferentes y enviaron una carta al Senado explicando los cambios.

Martes 07 de Mayo de 2024

276107_1715113906.jpg

17:28 | Martes 07 de Mayo de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Cámara de Diputados admitió errores en dos artículos que aprobaron en la votación particular de la Ley Bases. Es por eso que enviaron una "Fe de Erratas" con las aclaraciones al Senado. En el texto explicaron los errores en dos artículos: en el antepenúltimo párrafo del 152 y en el primero del 171.

Desde la Cámara baja explicaron que los fallos se deben a "errores de transcripción del texto del dictamen a la comunicación al H. Senado".

El primer cambio que detallan es sobre el antepenúltimo párrafo del artículo 152, en donde el cambio es de una palabra. Se reemplaza "permiso" por "autorización", por lo que el artículo corregido quedaría: “A los efectos del otorgamiento de la autorización de exportación de GNL, no será necesario que el solicitante cuente con contratos de compraventa de GNL por la totalidad de los volúmenes y plazos solicitados".

En cambio, en el primer párrafo del 171, la modificación es más significativa. Por un lado, en el texto original hablan sobre sectores productivos, mientras que en la corrección agregaron a los subsectores productivos o por etapa productiva. Además, agrega la palabra "iguales", indicando que los "montos mínimos de inversión en activos computables", pueden igualar o superar los "doscientos millones de dólares".

La "Fe de Erratas" nace a partir de una denuncia del diputado de Unión por la Patria Germán Martínez. Pidió que se declare nulo el giro de la media sanción de la Ley Bases que la Cámara baja le realizó al Senado. El legislador además denunció que hubo modificaciones en determinados artículos entre lo que se aprobó la semana pasada en el recinto y lo que llegó a la Cámara alta, que hoy tiene previsto empezar el debate en las comisiones.

"Aparentemente es una palabra de un error humano de una persona. Se está revisando palabra por palabra", deslizaron a este medio desde el despacho de Martín Menem. También intentaron bajarle el precio a la polémica: "Se subsana y listo, como si nadie hubiese tenido un error, es algo sencillo que se arregla y listo".

"El texto que se comunicó al Senado tiene diferencias con lo que votaron las y los diputados en el recinto. Eso no puede pasar. Y es motivo de nulidad. Pedimos formalmente que se deje sin efecto la comunicación realizada al Senado", señaló Martínez esta mañana en X.

El texto enviado por la Secretaría Parlamentaria de la Cámara de Diputados

"Tengo el agrado de dirigirme al señor Secretario a fin de poner en su conocimiento que en la comunicación al H. Senado del expediente OD 7 (expediente 25-PE-2023) sobre “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, aprobado en sesion de fecha 29 de abril de 2024, se ha incurrido en errores de transcripción del texto del dictamen a la comunicación al H. Senado".

"En el artículo 152, antepenúltimo párrafo, donde dice: ´A los efectos del otorgamiento del permiso de exportación de GNL, no será necesario que el solicitante cuente con contratos de compraventa de GNL por la totalidad de los volúmenes y plazos solicitados”, debe decir: “A los efectos del otorgamiento de la autorización de exportación de GNL, no será necesario que el solicitante cuente con contratos de compraventa de GNL por la totalidad de los volúmenes y plazos solicitados... ´"

"En el artículo 171, primer párrafo, en donde dice: ´Articulo 171.- A efectos de lo previsto en el inciso a) del articulo 170, el monto mínimo de inversión en activos computables será de al menos doscientos millones de dólares estadounidenses (USD 200.000.000). El Poder Ejecutivo nacional podrá establecer diferentes montos mínimos de inversión en activos computables por sector productivo mayores a doscientos millones de dólares estadounidenses (USD 200.000.000). En ningún caso ese monto mínimo que establezca el Poder Ejecutivo nacional podrá superar el importe de novecientos millones de dólares estadounidenses (USD 900.000.000), cualquiera sea el sector productivo involucrado”, debe decir: ´Articulo 171.- A efectos de lo previsto en el inciso a) del articulo 170, el monto mínimo de inversión en activos computables será de al menos doscientos millones de dólares estadounidenses (USD 200.000.000). El Poder Ejecutivo nacional podrá establecer diferentes montos mínimos de inversión en activos computables por sector o subsector productivo o por etapa productiva, iguales o mayores a doscientos millones de dólares estadounidenses (USD 200.000.000). En ningún caso ese monto mínimo que establezca el Poder Ejecutivo nacional podrá superar el importe de novecientos millones de dólares estadounidenses (USD 900.000.000), cualquiera sea el sector productivo involucrado...´

 

<

Top Semanal

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

LOCALES

NACIONALES

INTERNACIONES

DEPORTES

SOCIEDAD

FARÁNDULA