Sociedad

Las claves de la licencia de conducir digital: cómo se cobrarán las multas de tránsito

Los cambios incorporados por la administración de Javier Milei generaron una serie de modificaciones a tener en cuenta. Qué sucede con las infracciones.

Martes 29 de Abril de 2025

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20:44 | Martes 29 de Abril de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Gobierno continúa impulsando cambios a lo largo y ancho del país que impactan en la vida de los argentinos. En ese contexto, las modificaciones que impactan en la licencia de conducir en su formato virtual arrojaron una serie de novedades. Además, ya no es exigible el libre deuda respecto a las infracciones para poder vender un automóvil.
 
Entre los principales interrogantes que surgieron a partir de las nuevas disposiciones en los Registros del Automotor, los pasos para realizar una transferencia sin la obligación de cancelar deudas por infracciones de tránsito se destacó por encima del resto. Si bien esa acción es cierta, no significa que las multas desaparezcan o que la deuda quede cancelada con la transferencia. De hecho, la deuda continúa pendiente hasta que la abone el infractor original. 
 
En cuanto a la licencia de conducir, la Ley Nacional de Tránsito 24.449, estableció que a partir de marzo comience a ser digital y no tenga vencimiento. Solo corresponderá una actualización del estado psicofísico que estará determinado por la edad del conductor. En el caso de las personas que estén entre los 17 y los 65 años de edad, el trámite deberá realizarse cada 5 años mientras que, para los comprendidos en la franja etaria que va de los 65 a los 70 años, la actualización será cada 3 años y, después de esa franja, el trámite deberá ser realizado todos los años.
 
Sin renovación de licencia, el principal interrogante es ¿qué sucede si no pago mis infracciones de tránsito? En este sentido, desde el Gobierno explicaron que, si al momento de actualizar la licencia existieran infracciones de tránsito impagas, el trámite no podrá completarse. 
 
Como establece la ley de Tránsito, las multas leves caducan a los 2 años, mientras que las graves lo hacen a los 5 años. Según dispone la  Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) a través de la disposición 91/2025 las infracciones graves son las siguientes: 
 
Conducción en estado de intoxicación alcohólica, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales.
Exceso de los límites de velocidad máxima permitida.
Conducción sin respetar la señalización de los semáforos.
Conducción utilizando celulares.
Conducción sin llevar puesto el cinturón de seguridad, o casco reglamentario en caso de motos.
 
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