Ante los derechos y obligaciones como ciudadano, esto ocurre si no asististe la última vez y querés hacerlo ahora.
07:49 | Viernes 24 de Octubre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Estamos a muy poco tiempo de las elecciones legislativas nacionales que definirán 127 bancas en Diputados y 24 en Senadores. Esta es una votación muy importante, ya que puede definir el reparto de fuerzas en ambas cámaras por los próximos dos años.
La inminencia de la elección suele suscitar ciertas dudas como que pasa si no voté la vez anterior. Hay muchas razones, justificadas o no ante la Justicia Electoral, para no presentarse a votar, pero es de vital importancia entender las consecuencias de no hacerlo.
El derecho como ciudadano a participar en los procesos electivos es uno de los más importantes, recuperado con la vuelta democrática en 1983. Por lo que, incluso si no se asistió la última vez, se puede votar en octubre sin ningún inconveniente.
La Justicia Nacional Electoral no elimina a personas mayores de 18 años y menores de 70 del padrón, aunque no hayan asistido a algún proceso electivo anterior. Pero, aunque uno puede ir a votar sin problema, no quiere decir que no tenga consecuencias por no haberse presentado a las elecciones sin justificación.
El Código Nacional Electoral establece que por más que un ciudadano no pierde su derecho a votar por ausentarse en elecciones previas, esta falla si contempla multas económicas, además de incluir a esa persona en un registro de infractores.
La única forma de evitar pagar estas multas es tener justificación para ausentarse a la elección y presentarla antes de que pasen 60 días hábiles posteriores a la votación. Esta justificación tiene que estar respaldada por documentación, que es particular a la situación de cada persona.
Las causas que están aceptadas para ausentarse a votar son: problemas de salud, situaciones de fuerza mayor y estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación. Pero como se mencionó anteriormente, estas causas tienen que estar respaldadas por documentación oficial, como un certificado médico o una verificación policial en el caso de la distancia.
En la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE) está el registro de infractores, en donde uno puede realizar una consulta sobre si adeuda alguna multa de una elección anterior y se puede hacer el trámite virtual para pagarla o para presentar la justificación.
Según el artículo 125, las multas van desde los 50 a los 500 pesos dependiendo la cantidad de faltas que acumule una persona. El problema para los infractores es que puede haber otras consecuencias si no se abona la deuda.
Si una persona no paga la deuda que tiene por las multas o no presenta justificación sobre su ausencia, puede tener consecuencias administrativas que lo pueden privar de ciertos trámites o beneficios.
Al no saldar la deuda, la Justicia Electoral puede bloquear la posibilidad de realizar trámites en entidades gubernamentales, además de prohibir ejercer cargos públicos durante un período determinado de tiempo. Por lo que, aunque la multa de dinero no es alta, estas consecuencias administrativas si pueden ser dolorosas para el infractor.
Cómo chequear mi situación en la Cámara Nacional Electoral
El proceso para chequear si uno está en deuda es muy sencillo. Hay que entrar a la página oficial de la Cámara Nacional Electoral, y en la sección de temas hay que entrar al registro de infractores. Al tocar en el botón, se abrirá una pestaña en la que te piden algunos datos para poder verificar la información.
En esa pestaña hay que completar la información que te piden: número de documento, género, distrito electoral (la provincia en la que uno reside) y un código de validación de la página. Inmediatamente completado eso, sale la información sobre si se adeuda multa y si uno está listado como infractor. En la misma página se pueden pagar los montos adeudados.
Conviene recordar que la no participación de las elecciones sin una justificación válida, significa arriesgarse a sanciones. No solo económicas, sino también restricciones civiles y de trámites cotidianos. Además de las multas a escala nacional, en distritos que se basan con el sistema de Unidades Fijas —la mayoría de los municipios de la provincia de Buenos Aires, la provincia de Santa Fe y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires—, los montos rondan entre los $1.000 y $2.000.
Fechas claves y documentación necesaria para votar el 26 de octubre
Para estas elecciones, la Cámara Nacional Electoral estableció que el cierre de campaña, que dará inicio a la veda electoral, ocurrirá el 24 de octubre, dos días antes de los comicios. En tanto, el comienzo del escrutinio definitivo será el martes 28 de octubre.
En cuanto a la documentación necesaria para poder votar, se aceptan la Libreta de Enrolamiento o Cívica, el DNI en versión libreta verde o celeste y las tarjetas del DNI, incluso aquellas con la leyenda “no válido para votar”.
Hay una regla simple para no cometer errores: hay que presentarse con el documento que figura en el padrón o con uno más nuevo, pero nunca con uno anterior. En tanto, el DNI digital en el celular no puede suplantar al físico.