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La justicia condenó a un hombre a dos años y diez meses de prisión

La jueza Alicia López Douglas resolvió unificar penas para el acusado Juan L.G

Martes 14 de Septiembre de 2021

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18:15 | Martes 14 de Septiembre de 2021 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Capital, en la sala unipersonal a cargo de la Jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, resolvió por medio de un Juicio Abreviado, unificar las penas en contra de Juan I. G. y condenarlo a la pena única de dos años y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo, por la comisión de tres delitos.

En primer término, la magistrada hizo lugar a un acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes, y declaró culpable a Juan I. G. del delito de “Robo en Grado de Tentativa”; y lo condenó a la pena de prisión de un año y cuatro meses de cumplimiento efectivo, por el hecho ocurrido el jueves 13 de agosto de 2.020 a horas 16:15 aproximadamente, en circunstancias de que el condenado, en barrio Matadero de esta ciudad Capital, interceptó a una mujer, la tomó del cabelló, luego la arrojó al suelo y arrastró unos metros por la cinta asfáltica, hasta que logró apoderarse de una mochila, la cual contenía dos perfumes, unas gafas de sol con su respectivo estuche, DNI, licencia de conducir, una tarjeta verde de motocicleta y tarjetas de crédito. Toda la situación fue observada por vecinos, quienes intervinieron y lograron demorarlo hasta la llegada de personal policial.

Posteriormente, la Jueza revocó de pleno derecho la condicionalidad de la condena impuesta en sentencia por los hechos de “Robo en Flagrancia y Robo en Grado de Tentativa en Flagrancia”, y dispuso unificar las penas impuestas, debiendo cumplir la pena única de dos años y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Cabe mencionar que los juicios abreviados son solicitados por Fiscalía y se procede a ellos, siempre y cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye, consiente la aplicación de este procedimiento, y la pena acordada no supera los seis (6) años de privación de libertad o se trate de otra especie de pena. Asimismo, debe contar con la aprobación de la parte querellante.

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